Corporate Law

Un socio mayoritario puede ser expulsado de una empresa si crea una sociedad competidora

La Audiencia Provincial de Madrid ha dictaminado que un socio mayoritario puede ser expulsado de una empresa si crea una sociedad competidora, incluso si esta tiene una baja actividad. Este fallo subraya la importancia de la lealtad y la prohibición de actividades que puedan perjudicar a la empresa original, independientemente del volumen de negocio generado por la nueva entidad.

El caso se centra en un individuo que poseía el 33% del capital social de una empresa dedicada a servicios de creación, producción y marketing. El 2 de marzo de 2018, este socio constituyó una nueva sociedad en la que figuraba como único socio y fundador, y que desarrollaba actividades similares a las de la empresa original. Esta acción llevó a la empresa afectada a presentar una demanda por competencia desleal. 

Inicialmente, el Juzgado de lo Mercantil número 3 de Madrid desestimó la demanda, argumentando que no se habían concretado adecuadamente las acciones alegadas ni la cuantía reclamada. Sin embargo, en segunda instancia, la Sección 28ª de la Audiencia Provincial de Madrid revocó esta decisión. El tribunal consideró que la constitución y puesta en marcha de una sociedad con actividades similares constituían actos inequívocos de competencia desleal, justificando así la exclusión del socio. 

Este fallo destaca la relevancia de la lealtad entre socios y la necesidad de evitar actividades que puedan perjudicar a la empresa original, incluso si la nueva entidad tiene una baja actividad. La sentencia sienta un precedente importante en la interpretación de la competencia desleal y la protección de los intereses de las empresas frente a acciones de sus propios socios.

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