La STS (Sala Tercera) núm. 1880/2024 de 26-11-24 (rec. 6115/2021) [ECLI:ES:TS:2024:5938] establece doctrina respecto al momento de devengo de los intereses en los contratos administrativos, consolidando la interpretación según la cual la presentación de la factura inicia un plazo de verificación indispensable para la correcta liquidación
Hechos: recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Lugo contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. La disputa surge debido al pago de intereses de demora derivados del incumplimiento de pagos relacionados con contratos de obras públicas (rehabilitación de la Plaza de Abastos de Lugo e instalación de iluminación pública). La controversia legal se centra en determinar el “dies a quo” (día inicial) para el cálculo de los intereses de demora sobre facturas pendientes de pago. La administración había retrasado los pagos y se debatía si el plazo debía contarse desde la presentación de las facturas o desde la aprobación formal por parte del Ayuntamiento.
Decisión: La Sala reitera que, conforme al artículo 216.4 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (TRLCSP), el plazo para que la Administración realice la verificación y aprobación de la factura es de 30 días desde su presentación. Si transcurren esos 30 días sin objeción ni pago, se activa un nuevo plazo de otros 30 días para el abono. Superado este sin pago, se incurre en mora y se devengan intereses automáticamente. La sentencia establece que este procedimiento es irrenunciable, aunque la Administración no formule objeciones explícitas.
Se admite el recurso del Ayuntamiento de Lugo y se corrige el criterio de la instancia inferior. Se declara que el plazo de cómputo de los intereses debe contar con los dos períodos de 30 días (verificación y pago) conforme a la normativa, confirmando la necesidad de respetar la secuencia procedimental antes de computar los intereses. No se concede el anatocismo (intereses sobre intereses), debido a la falta de liquidez de las cantidades calculadas de forma inequívoca.