Aprobado el anteproyecto de Ley de Coordinación y Gobernanza de la Ciberseguridad aprobado por el Consejo de Ministros establece un marco normativo que fortalece la capacidad de España para prevenir, detectar y responder a amenazas digitales en un mundo cada vez más interconectado. Esta ley pone especial énfasis en la colaboración entre sectores y en la consolidación de una estrategia nacional de ciberseguridad.
CLAVES DE LA NORMA.
1. Creación de un sistema nacional de coordinación en ciberseguridad: El objetivo es fomentar la cooperación entre las diferentes administraciones públicas, entidades privadas y sectores estratégicos, asegurando una respuesta unificada ante incidentes cibernéticos. Se busca reducir duplicidades y garantizar un uso más eficiente de los recursos disponibles.
2. Refuerzo de la protección de infraestructuras críticas y servicios esenciales: Las infraestructuras que sustentan servicios esenciales como la energía, las telecomunicaciones o el transporte estarán bajo un nivel de protección más robusto frente a ciberamenazas. Se establecerán protocolos para la gestión y mitigación de incidentes.
El anteproyecto de Ley de Coordinación y Gobernanza de la Ciberseguridad aprobado por el Consejo de Ministros establece un marco normativo que fortalece la capacidad de España para prevenir, detectar y responder a amenazas digitales en un mundo cada vez más interconectado. Esta ley pone especial énfasis en la colaboración entre sectores y en la consolidación de una estrategia nacional de ciberseguridad.
3. Promoción de la resiliencia digital: La ley prioriza la preparación frente a riesgos digitales mediante la creación de planes de contingencia y simulacros a nivel nacional. También se fomenta la capacitación y sensibilización de las organizaciones y la ciudadanía en materia de ciberseguridad.
4. Actualización del marco normativo a las nuevas exigencias europeas: Con esta normativa, España se alinea con la Directiva NIS2 de la Unión Europea, que refuerza las medidas de ciberseguridad para garantizar el correcto funcionamiento del mercado único digital.
5. Impulso de la colaboración público-privada: La norma fomenta la creación de alianzas estratégicas con el sector privado, permitiendo compartir información sobre amenazas y mejores prácticas en tiempo real.
6. Creación de mecanismos de supervisión y evaluación: Se establecerán órganos encargados de evaluar y garantizar el cumplimiento de la normativa en ciberseguridad.
Con este anteproyecto, España busca no solo proteger su ecosistema digital, sino también convertirse en un referente europeo en gobernanza de ciberseguridad. La norma prioriza tanto la prevención como la reacción frente a incidentes, promoviendo una cultura de seguridad cibernética en todos los niveles de la sociedad.
PRÓXIMOS PASOS.
Tras la aprobación del anteproyecto por parte del Consejo de Ministros, se inicia un proceso legislativo que incluye varias fases clave antes de que la ley entre en vigor. A continuación, un desglose de los próximos pasos:
1. Tramitación parlamentaria: El anteproyecto será remitido a las Cortes Generales para su debate y aprobación. En esta etapa, tanto el Congreso de los Diputados como el Senado podrán proponer enmiendas al texto, garantizando un análisis detallado y un consenso amplio sobre su contenido.
2. Consulta pública y aportacione: Se abrirá un período de participación pública, durante el cual organizaciones, empresas, expertos y ciudadanos podrán enviar sus observaciones y sugerencias al anteproyecto. Este proceso es clave para garantizar que la ley refleje las necesidades reales de los distintos sectores afectados por la ciberseguridad.
3. Adaptación del texto final: Tras las enmiendas y aportaciones recogidas, el texto será revisado y ajustado para su aprobación definitiva. En este punto, se busca garantizar que la normativa cumpla tanto con los objetivos nacionales como con las directrices europeas, especialmente en alineación con la Directiva NIS2.
4. Aprobación definitiva y publicación: Una vez superadas las fases parlamentarias, la ley será aprobada y publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE), momento a partir del cual entrará en vigor. En este punto, se definirá un plazo para la implementación de las medidas y mecanismos que establece la norma.
5. Desarrollo reglamentario: Posteriormente, el Gobierno desarrollará los reglamentos específicos necesarios para implementar aspectos técnicos y operativos de la ley, como los protocolos de coordinación o los requisitos para sectores estratégicos.
6. Creación de organismos y planes asociados: Una vez en vigor, se impulsará la creación de los órganos de supervisión y coordinación previstos en la normativa. También se diseñarán planes nacionales de ciberseguridad adaptados a los objetivos de la nueva ley.