La Oficina Europea de Patentes («EPO» por sus siglas en inglés) ha resuelto la apelación en los dos asuntos ( EP3564144 y EP3563896) en los que solicitaba una patente europea cuyo autor era el sistema de inteligencia artificial («IA») denominado «DABUS» en el sentido de que una máquina inteligente no puede ser autora por sí sola. Sólo una persona natural puede ser autora.
La decisión de la corte de apelación del EPO (J0008/2020) se sitúa en la posición contraria al reciente artículo de la revista Nature que denunciaba que la Ley de patentes se estaba aplicando incorrectamente al otorgar la autoría de las patentes creadas por la IA a los humanos asumiendo que son éstos los inventores y alentando por la creación de una ley de propiedad intelectual y un tratado internacional específico para los sistemas de inteligencia artificial. No hay que olvidar que, por ejemplo, en materia de innovación en materia de medicamentos, la IA es ahora mismo un competidor muy fuerte.
En el caso concreto de DABUS, la EPO otorga la autoría de las creaciones de este sistema al Dr. Thaler, bien conocido por haber tratado de registrar y proteger patentes indicando como autor a DABUS en muchos sistemas jurídicos de diferentes estados a nivel mundial.
La imposibilidad de poder conceder la autoría y/o titularidad a la máquina parece que proviene de la ausencia de personalidad jurídica de estos sistemas. Así, la corte de apelaciones reconoce que DABUS es capaz de inventar, pero al carecer de personalidad jur´ídica, no puede transferir los derechos de las invenciones al Dr. Thaler (arts. 60[1] y 81 EPC), debiendo ser el inventor designado una persona con capacidad legal.
Esta decisión es cuestionable y, como bien indican los demandantes, impedir que la IA sea nombrada como inventora desincentiva la innovación. Y, en general, en la resolución recoge numerosas cuestiones que hoy en día están por resolver, tales como si los terceros tienen derecho a conocer quien es el verdadero inventor de la patente con independencia de quien se atribuya su invención o si el trato «discriminatorio» entre máquinas y humanos es, en principio, contrario a la equidad.
Mi opinión al respecto es bien clara y puede consultarse en las recientes monografías publicadas al respecto.
Imagen: Ipsilon
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