La Audiencia Provincial de La Coruña ha confirmado la condena de dos años de prisión para la administradora de la empresa Novo Alicerce SL, gestora de la escuela infantil A Ceboliña en Betanzos, por acceder sin autorización al grupo de WhatsApp de sus trabajadoras, copiar sus mensajes y utilizarlos en un conflicto laboral.
Según la sentencia, la empresaria aprovechó que una de las trabajadoras dejaba su teléfono móvil sin protección en una taquilla para acceder al grupo de WhatsApp del que formaban parte las empleadas, sin el consentimiento ni conocimiento de ellas. Copió el contenido de las conversaciones y lo envió al correo electrónico de la empresa para utilizarlo en el conflicto laboral que mantenían.
La conducta fue calificada como un delito de descubrimiento y revelación de secretos, tipificado en el artículo 197.3.1º del Código Penal en relación con el artículo 197.1. Este último establece que “el que, para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, sin su consentimiento, se apodere de sus papeles, cartas, mensajes de correo electrónico o cualesquiera otros documentos o efectos personales, intercepte sus telecomunicaciones o utilice artificios técnicos de escucha, transmisión, grabación o reproducción del sonido o de la imagen, o de cualquier otra señal de comunicación, será castigado con las penas de prisión de uno a cuatro años y multa de doce a veinticuatro meses”.
El artículo 197.3.1º añade que “se impondrá la pena de prisión de dos a cinco años si se difunden, revelan o ceden a terceros los datos o hechos descubiertos o las imágenes captadas”.
Además de la pena de prisión, la empresaria deberá indemnizar a cada una de las cinco trabajadoras afectadas con 2.000 euros, más intereses, por el daño moral causado. La empresa Novo Alicerce SL tiene responsabilidad subsidiaria en el pago de estas indemnizaciones.