Intellectual Property Law,  Media & Communications & Image Rights

Fotografías y Propiedad Intelectual: SAP de Madrid

El 20 de septiembre de 2024, la Audiencia Provincial de Madrid emitió la sentencia SAP M 12875/2024, que aborda la cesión de derechos de explotación de unas fotografías. 

El asunto enfrentaba a la revista del corazonistas «Hola» y un fotógrafo y una agencia de noticias (IBIZA PRESS 2015 SL).

Hechos: en 2017, el fotógrafo capturó imágenes de una reconocida cantante española. Los derechos de estas fotografías fueron gestionados a través de un “pool” de agencias al que pertenecía el fotógrafo. La revista adquirió en exclusiva todos los derechos de las fotografías por 42.350€, publicándolas en sus ediciones impresa, digital y en redes sociales. Posteriormente, el fotógrafo y la agencia cedieron las mismas imágenes a una productora de televisión, que las utilizó en varios programas.

La revista demandó al fotógrafo y a la agencia por incumplimiento contractual y violación de los derechos exclusivos sobre las fotografías.

En primera instancia, el Juzgado de lo Mercantil nº1 de Madrid falló parcialmente a favor de la revista, declarando el incumplimiento de la cesión exclusiva y condenando a los demandados al pago de una indemnización.

Los demandados apelaron, argumentando que la cesión a la revista se limitaba a una única reproducción y que el fotógrafo conservaba derechos de explotación según el artículo 52 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (TRLPI).

Decisión: El tribunal analizó el alcance de la cesión de derechos, considerando: (i) las facturas y albaranes que mencionaban “todos los derechos” y “en exclusiva”, sin especificar limitaciones temporales; (ii) el elevado importe abonado por la revista, superior al pagado por los programas de televisión; (iii) la publicación de las fotografías en formatos físico y digital.

La SAP concluyó que no era plausible que la cesión se restringiera únicamente al derecho de reproducción para un solo uso. Además, al tratarse de meras fotografías, según el artículo 128 del TRLPI, están sujetas a derechos afines a la propiedad intelectual, incluyendo reproducción, distribución y comunicación pública, sin que se hubiera establecido ninguna limitación específica.

Por lo tanto, aplicó supletoriamente el artículo 43 del TRLPI, que establece que, en ausencia de una explicitación clara en el contrato, la cesión se interpretará en el sentido más favorable para el cedente, pero considerando las circunstancias del caso, determinó que la cesión otorgaba a la revista derechos exclusivos más amplios que los alegados por los demandados.

La Audiencia Provincial de Madrid confirmó la existencia de un incumplimiento por parte del fotógrafo y la agencia al ceder las fotografías a terceros, violando los derechos exclusivos previamente otorgados a la revista. 

La sentencia completa aqui