Litigación

El Supremo limita el uso de la vivienda familiar en casos de custodia compartida: no basta con tener menos ingresos

En una reciente sentencia de abril de 2025, el Tribunal Supremo ha establecido que la diferencia de ingresos entre progenitores no justifica, por sí sola, la atribución indefinida del uso de la vivienda familiar a uno de ellos en casos de custodia compartida. El Alto Tribunal considera desproporcionado que el progenitor con menos recursos económicos mantenga el uso exclusivo del inmueble hasta la mayoría de edad del hijo común, fijando un límite razonable de cinco años para dicha atribución.  

Esta decisión subraya que la atribución del uso de la vivienda debe ser temporal y basada en una ponderación de las circunstancias específicas de cada caso, evitando que la diferencia de ingresos se convierta en un criterio automático para decisiones que afectan a ambos progenitores y al interés del menor. 

La sentencia refuerza la necesidad de equilibrar los derechos y responsabilidades de ambos progenitores, promoviendo soluciones que consideren el bienestar del menor sin imponer cargas desproporcionadas a ninguna de las partes.

Este fallo marca un precedente importante en la jurisprudencia sobre custodia compartida y uso de la vivienda familiar, instando a los tribunales a aplicar criterios más equitativos y ajustados a la realidad de cada familia.