La Comisión Europea ha dictado una Decisión de Ejecución por la que considera que la República de Corea, a efectos de la aplicación del artículo 45 del Reglamento (UE) 2016/679, garantiza un nivel adecuado de protección de los datos personales transferidos desde la Unión Europea a entidades en la República de Corea con sujeción a la Ley sobre la protección de la información personal, complementada por las salvaguardias adicionales que figuran en el anexo I, junto con las declaraciones, garantías y compromisos oficiales recogidos en el anexo II.
La Decisión tiene una vigencia de tres años, tras los cuales deberá someterse a una primera revisión. Tras la primera revisión y en función de sus resultados, la Comisión decidirá, en estrecha consulta con el comité establecido en virtud del artículo 93, apartado 1, del Reglamento (UE) 2016/679, si debe mantenerse por otros tres años.
Imagen: Consilium europa