La Audiencia Provincial de Sevilla ha condenado a un hombre por un delito de distribución de pornografía infantil al reenviar un GIF con contenido explícito de una menor en un grupo de WhatsApp. La sentencia núm. 475/2024, de 5 de diciembre de 2024, establece que la simple acción de compartir este tipo de material, incluso sin ánimo de lucro ni intención de difusión masiva, constituye un delito tipificado en el artículo 189.1.b del Código Penal.
Un solo reenvío, una condena penal
El acusado compartió en un grupo de WhatsApp un archivo en formato GIF que mostraba a una menor en una conducta sexualmente explícita. La defensa alegó que se trató de una acción impulsiva y sin intención de distribución, pero el tribunal consideró que el mero reenvío del material ya implica una conducta delictiva.
La sentencia destaca que la distribución de pornografía infantil no requiere ánimo de lucro ni una difusión masiva para ser punible. El hecho de compartir el contenido, aunque sea en un grupo reducido, es suficiente para configurar el delito.
Fundamento jurídico y consecuencias
El tribunal subraya que la protección de los menores frente a la explotación sexual es un bien jurídico de especial relevancia, y que la difusión de material pornográfico infantil, en cualquier forma, contribuye a perpetuar el daño a las víctimas y a incentivar la producción de este tipo de contenido.
Esta sentencia sienta un precedente importante en la lucha contra la pornografía infantil, especialmente en el contexto de las redes sociales y aplicaciones de mensajería instantánea, donde la facilidad para compartir contenido puede llevar a la comisión de delitos sin plena conciencia de su gravedad.
Llamado a la responsabilidad digital
Este caso pone de manifiesto la necesidad de una mayor concienciación sobre el uso responsable de las tecnologías de la información y la comunicación. Compartir contenido sin verificar su legalidad puede tener consecuencias penales graves, y es responsabilidad de cada usuario asegurarse de no contribuir, aunque sea de forma indirecta, a la difusión de material ilícito.