El Tribunal de Justicia de la Unión Europea («TJUE») aclara en el asunto Wikingerhof GmbH & Co. KG c. Booking.com BV (C-59/19) que la competencia judicial internacional («CJI») respecto de una acción legal por abuso de posición de dominio entre Estados miembros de la Unión Europea («UE») puede determinarse conforme al artículo 7.2 del Reglamento 1215/2012 («RBI bis»), incluso en el caso de que exista sumisión contractual de las partes siempre que no resulte imprescindible interpretar el contrato para ello (como ocurre en un asunto de esta naturaleza). El litio enfrentaba a Wikingerhof GmbH & Co. KG («Wikingerhof»), una sociedad con domicilio en Alemania que regenta un hotel en un…
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Jean Richard de la Tour, nuevo Abogado General en el TJUE
Jean Richard de la Tour, magistrado francés y hasta ahora primer Abogado General ("AG") en la Sala de lo Mercantil, Financiero y Económico de la Cour de Cassation francesa, será el nuevo AG en el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ("TJUE") en sustitución del al malogrado Yves Bot, fallecido en 2019.
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El TC declara inconstitucional y nulo el art. 454 bis 1 párrafo primero de la LEC
El Pleno del Tribunal Constitucional ("TC") ha declarado la inconstitucionalidad y nulidad del artículo 454 bis.1).I) de la Ley de Enjuiciamiento Civil ("LEC") por entender que impide que se recurran determinadas decisiones de los letrados de la administración de justicia.
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STJUE en asunto ‘Brogsitter’: cuando la responsabilidad extracontractual se incluye en la materia contractual
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea («JTUE») ha resuelto, en el asunto Marc Brogsitter c. Fabrication de Montres Normandes EURL et al. (C-548/12), que las acciones de responsabilidad civil de carácter extracontractual (competencia desleal) se entienden incluidas en materia contractual a los efectos del art. 5.1 del Reglamento 44/2001 (y, por tanto, del 7.1 RBI bis) siempre que el comportamiento imputado pueda considerarse un incumplimiento de ls obligaciones contractuales (determinado de la interpretación del contrato). El asunto versaba sobre el Sr. Brogsitter, quien comercializa relojes de lujo y que en 2005 celebró un contrato el maestro relojero suizo, el Sr. Fräßdorf (residente en Francia) y por el que…