El Consejo de Ministros (según informa La Moncloa) ha aprobado hoy el Proyecto de Ley General de Telecomunicaciones, que transpone la Directiva (UE) 2018/1972 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 11 de diciembre de 2018, por la que se establece el Código Europeo de las Comunicaciones Electrónicas. Se trata de un texto muy ambicioso que busca regular además de las comunicaciones electrónicas, otras cuestiones relevantes tales como los equipos de telecomunicaciones, las infraestructuras comunes de telecomunicaciones en edificios y a todos los usos del dominio público radioeléctrico. El Anteproyecto de ley busca incorporar nuevas medidas para incentivar e impulsar aún más las inversiones en el sector de las telecomunicaciones, lo que contribuirá a alcanzar el objetivo de conectividad adecuada de alta velocidad al 100% de la población en 2025.
En relación con las infraestructuras de telecomunicaciones, las principales novedades son:
- La introducción de mejoras para facilitar el despliegue de las redes de muy alta capacidad.
- La flexibilización de la regulación para alcanzar acuerdos de co-inversión entre operadores y un impulso a la compartición de infraestructuras pasivas.
- El establecimiento de compromisos voluntarios de acceso.
- La posibilidad de desplegar estaciones base de baja potencia (small cells), elementos fundamentales para el despliegue e implantación del 5G, reduciendo las cargas administrativas y fomentar el mercado secundario del espectro radioeléctrico.
- Incorporación de la ley las medidas de la denominada «Caja de Herramientas de Conectividad de la Unión Europea» recientemente adoptada. Esto impulsará la coordinación entre administraciones, estableciendo un punto único para la información y tramitación de permisos para el despliegue de redes, lo que agilizará su implantación.
- Se establece, por primera vez, un régimen de comunicación para la instalación o explotación de cables submarinos cuyo enganche, acceso o interconexión a redes de comunicaciones electrónicas se produzca en territorio español.
- Se establece un régimen de comunicación para los Puntos de Intercambio de Internet (IXP) y se podrá recabar información de los Centros de Proceso de Datos (CPD).
En suma, además de dar cumplimiento a la normativa europea, España quiere convertirse en el hub de interconexión digital del sur de Europa.
Respecto de los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas:
El Anteproyecto de ley establece una clasificación de los proveedores de servicios de comunicaciones electrónicas más adecuada a la realidad del mercado. Así, se regula a los servicios de comunicaciones interpersonales independientes de la numeración. Estos servicios asumen obligaciones como la comunicación previa al Registro de operadores, a efectos estadísticos y censales. También deberán garantizar la integridad y seguridad de sus servicios y tendrán que incrementar la transparencia hacia los usuarios sobre las condiciones en las que prestan sus servicios.
Se refuerzan los derechos de los usuarios, para ello, entre otras medidas:
- Se mejora la transparencia de los contratos, que deberán incluir las condiciones detalladas en un resumen con carácter previo a la contratación.
- La duración máxima de los contratos se limita a 24 meses para permitir que, tras ese período, el usuario pueda prorrogar el contrato o cambiar de operador sin penalización.
- Por primera vez se regulan los contratos de paquetes de servicios, de especial importancia, ya que representan la inmensa mayoría de las suscripciones de los hogares en España.
- En el ámbito de la portabilidad, se introducen nuevos derechos de los usuarios, como la capacidad de desbloquear la tarjeta móvil para facilitar el cambio de operador; conservar el saldo prepago; mantener el número un mes después de la resolución del contrato; y el derecho al reenvío gratuito de correos electrónicos o al acceso a los mismos una vez rescindido el contrato.
- También se refuerzan los derechos de los usuarios con diversidad sensorial, algo especialmente importante para eliminar brechas digitales.
- El servicio universal se actualiza manteniendo el objetivo de proporcionar un acceso asequible a las comunicaciones electrónicas (la nueva normativa obliga a garantizar que dicho acceso permita la prestación de determinados servicios básicos tales como correo electrónico; herramientas básicas de formación y educación en línea; noticias, redes sociales o banca por internet, etc.).
- Se eliminan elementos obsoletos como las cabinas telefónicas o las guías, y se refuerza la libertad de elección del usuario, que podrá contratar el abono social al operador que desee.
Se establecen mejoras en las comunicaciones de emergencia:
Se mantiene el acceso gratuito al 112 y se realizan modificaciones técnicas que permitirán disponer de una ubicación más precisa de las personas en situación de emergencia que efectúan llamadas al 112. El acceso a los servicios de emergencia para los usuarios con discapacidad debe ser equivalente al que disfrutan el resto de usuarios. También incluye la posibilidad de implementar un sistema de alertas públicas o 112 inverso (los operadores deberán transmitir las alertas públicas en casos de grandes catástrofes o emergencias inminentes o en curso) como ya ocurre desde hace años en países como Japón, por ejemplo.
Imagen: MyComputerPro
3 Comments
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